¿Cómo funciona el crédito FUNDAE? Hay muchos clientes que nos hacen esta pregunta.
En este artículo respondemos.
Gestión de Ayudas a la Formación. Crédito FUNDAE (antigua Fundación Tripartita)
Para ayudarte a optimizar el crédito de formación asignado a tu empresa, reducir costes y minimizar trabajos administrativos, ASTEX dispone del servicio de gestión de las bonificaciones para la formación programada por las empresas.
A través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE Gestión Tripartita), tu empresa cuenta con un crédito anual que permite la bonificación parcial, y en algunos casos total, de los costes de su formación.
Si tu empresa opta por contratar este servicio, ASTEX se encargará de:
- Informar de los pasos a seguir para la obtención de las bonificaciones y de las obligaciones que comporta este derecho. Optimización del crédito de formación. Instrucciones para solventar incidencias o requerimientos vinculados a la gestión de la FUNDAE.
- Comunicados de inicio y fin de cada Acción Formativa a la FUNDAE.
- Confección de la documentación obligatoria cumplimentada vinculada a cada curso (Control de Asistencia, Cuestionario de Evaluación, Diplomas).
- Justificación económica de las bonificaciones liquidadas en el ejercicio, documento interno imprescindible para afrontar una inspección.
- Informes periódicos de la gestión del crédito: crédito disponible, grado de incumplimiento de la cofinanciación obligatoria y cumplimiento de la asistencia de los alumnos.
- Calcular la bonificación que corresponde dependiendo de si los cursos son presenciales, teleformación (on-line) o mixta.
La bonificación a la Formación puede alcanzar hasta el 100% del coste de las acciones formativas (coste del servicio de gestión incluido). En todos los casos, y atendiendo a las circunstancias específicas de tu empresa, ASTEX se encargará de ofrecerle las condiciones más ventajosas para la formación.
Servicio de gestión del crédito de la FUNDAE: tres ámbitos
1. Gestión Aplicación (usuario gestor)
- Consulta del crédito y comunicación de aceptación del RLT.
- Alta de los grupos y acciones formativas.
- Comunicación del inicio y fin de los grupos y las acciones formativas.
- Comunicación de costes formativos y bonificaciones.
- Comunicación de alumnos participantes.
2. Asistencial
- Planificación de la formación: maximizar el crédito o minimizar el coste de la formación.
- Informes de gestión del crédito y cofinanciación.
- Planteamiento de alternativas en caso de incidentación de grupos.
3. Documental
- Comunicación de la acción formativa al Representante Legal de los Trabajadores y Autorización del RLT.
- Hojas de Asistencia/Informes.
- Hojas de entrega de material.
- Hojas de entrega de diplomas.
- Encuestas de satisfacción.
La empresa bonificada podrá practicar la bonificación a partir del mes en que finalice el grupo, en el boletín de cotización correspondiente, siempre antes de la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso.
Recordad las siguientes obligaciones de las empresas bonificadas:
- Cualquier modificación de las formaciones (cambios de fecha, horario o ubicación) una vez se haya notificado el comienzo de las acciones formativas a la FUNDAE podrá dar lugar a la pérdida de la bonificación del grupo.
- Asistencia obligatoria de los alumnos al menos al 75% de la acción formativa.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en la fecha de aplicación de las bonificaciones.
- Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas con la referencia común a todos ellos de «Formación Profesional para el Empleo» y las bonificaciones aplicadas con la referencia “subvención” en los grupos 74 o 75.
- No cobrar cantidades en concepto de formación a los participantes en las acciones formativas bonificadas.
- Mantener durante un período de 4 años la documentación justificativa de las acciones de formación sobre las que haya aplicado bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, y a disposición de los órganos de control competentes.
- La duración total de la formación no podrá ser inferior a 2 horas.
Firma o aceptación del Representante legal de los trabajadores si se tiene, quince días antes de la comunicación. Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.